Cuidando de Nuestros Padres y Seres Queridos
Se dice que hay cuatro tipos de personas en el mundo: personas que fueron cuidadores, personas que son cuidadores ahora, personas que serán cuidadores en el futuro y personas que van a necesitar un cuidador.
Se dice que hay cuatro tipos de personas en el mundo: personas que fueron cuidadores, personas que son cuidadores ahora, personas que serán cuidadores en el futuro y personas que van a necesitar un cuidador.
Estados Unidos está envejeciendo y, al mismo tiempo, cada vez más personas quieren quedarse en sus hogares a medida que envejecen. Las familias a menudo no tienen la capacidad de cuidar por completo a los miembros de la familia, y cuando eso sucede, pueden recurrir a las agencias de amas de casa para que las ayuden con la atención no médica en el hogar.
No solo se trata de familias con miembros mayores. Las agencias de cuidadoras domésticas (HCA, por sus siglas en inglés) también pueden ayudar con el cuidado de una persona con una discapacidad o alguien que se está recuperando de una enfermedad o cirugía. Siempre que el cuidado requerido sea compañía y simple ayuda en el hogar, muchas familias pueden beneficiarse de una HCA.
Las acompañantes domésticas pueden contratarse a través de una agencia de cuidadoras domésticas o un registro de acompañantes de cuidado de casa.
Las agencias colocan a sus empleados en los hogares. Los registros emparejan a las cuidadoras domésticas, que son compensadas al menos parcialmente por el consumidor o que son contratistas independientes, con aquellas que necesitan servicios.
Si necesita ayuda doméstica para usted o un miembro de su familia y está considerando una compañera de cuidado de casa, hay algunas cosas que debe considerar:
- Entreviste a más de una agencia antes de firmar un contrato; es importante confiar en que la agencia supervisará a sus empleados y seguirá las reglas y regulaciones de Connecticut.
- Si considera un registro en lugar de una agencia, usted o su ser querido pueden ser responsables de presentar la documentación ante el IRS y también podrían ser responsables de pagar los impuestos laborales.
- Asegúrese de firmar un contrato o acuerdo de servicio que incluya el alcance completo de los servicios que necesita. Lea todo cuidadosamente y pídale a otro miembro de la familia que lo lea también.
Un registro debe:
- Proporcionar notificación por escrito especificando sus obligaciones legales.
- Informarle que usted puede ser responsable de pagar los impuestos laborales, compensación laboral y horas extras para la cuidadora de casa o acompañante.
- Aconsejarle que consulte a un profesional de impuestos si no está seguro de su responsabilidad en el pago de impuestos.
Los contratos escritos y los planes de servicio deberán proporcionar:
- Una lista de los servicios que se prestarán, junto con los plazos y costos.
- Una definición de la relación laboral del empleado, el proveedor y el cliente.
- Medidas de seguridad para proteger la información personal del cliente.
- Una lista de categorías de trabajo, como "vivienda" o "llamada diaria", y deberes laborales.
- Tenga en cuenta que puede cancelar un contrato o plan de servicio en cualquier momento si no se establece una duración específica.
- La política de la HCA sobre la aceptación de propinas y obsequios.
- Una explicación de cómo presentar una queja ante la agencia.
Lo más importante: ¡asegúrese de hacer preguntas y comprender todo antes de firmar algo!
Los HCA no pueden brindar atención médica de ningún tipo; solo se les permite brindar compañía no médica a los clientes.
Lo que puede hacer un compañero de cuidado de casa:
- Lavandería, tareas domésticas, cocinar, ir de compras, ayudar con la higiene personal, llevar a las citas, hacer mandados, compañía.
Lo que no pueden hacer:
- Los acompañantes NO pueden brindar NINGÚN servicio médico, como tomar la presión arterial, administrar medicamentos o brindar fisioterapia.
Es importante que también comprenda cuáles son las obligaciones del proveedor de compañía de cuidado de casa, para que pueda tomar la mejor decisión para su familia y asegurarse de que el proveedor cumpla con todo lo que se requiere de ellos.
Una HCA debe:
- Obtener y mantener un registro con la Agencia de Acompañantes de Amas de Casa (HCA) con el Departamento de Protección al Consumidor (DCP) de CT.
- Proporcionarle un contrato o plan de servicio por escrito dentro de los siete días posteriores a la prestación de los servicios.
- No proporcionar una persona más calificada a un precio más alto de lo necesario.
- Llevar a cabo una verificación exhaustiva de los antecedentes de cualquier posible empleado.
- Realice una entrevista en persona o en video con todos los posibles empleados.
- Proporcionar registros comerciales a DCP para su inspección a pedido.
- Tener una fianza o póliza de seguro de $10,000.
- Mantener notas con el expediente de cada cliente que incluyan observaciones, problemas, quejas, planes de acción, contactos telefónicos, informes de visitas domiciliarias de los supervisores y los resultados de todas las investigaciones.
Quizás parezca abrumador elegir un compañero de cuidado de casa, pero una vez que lo haga y esté seguro de que está siguiendo todas las normas y procedimientos requeridos, es posible que se convierta en una parte confiable de su familia y la de su ser querido.
Recursos:
- Las quejas pueden presentarse ante el DCP enviando un correo electrónico a dcp.complaints@ct.gov
- Puede verificar el registro de una agencia o registro en https://www.elicense.ct.gov
- Servicios de protección de CT para ancianos: https://portal.ct.gov/DSS/social-work-services/social-work-services/related-resources
- Si sospecha o cree que una persona mayor es víctima de abuso, negligencia o auto-negligencia, explotación o abandono, llame al 911
- También puede llamar a un contacto de emergencia inmediato en las líneas de admisión de servicios de protección:
Durante el horario laboral:
En el estado: 1-888-385-4225
Fuera del estado: 1-800-203-1234
Emergencias después del horario laboral:
En el estado: llame al 211
Fuera del estado: llame al 1-800-203-1234
Para quejas sobre HCA, comuníquese con DCP al 860-713-6300.
Y como siempre, ¡pasa esta información a tus amigos y familiares!
Este artículo fue escrito por Catherine Blinder, directora de educación y divulgación del Departamento de Protección al Consumidor del Estado de Connecticut. Para obtener más información sobre cómo puede ayudar el Departamento de Protección al Consumidor, visítenos en línea en www.ct.gov/dcp.