Conozca sus Derechos: Guía de Derechos para Inmigrantes de ACLU CT

A la luz de las recientes redadas del Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) realizadas en varias ciudades de Connecticut, en esta edición de Tribuna encontrará una guía importante creada por la Unión Estadounidense para las Libertades Civiles (ACLU) de Connecticut.
Esta organización está comprometida con la defensa, promoción y expansión de los derechos y libertades civiles de todas las personas en Connecticut a través de litigios, organización comunitaria, defensa legislativa y educación y participación cívica.
La información proporcionada a continuación fue creada por el Departamento de Comunicaciones de la ACLU de Connecticut y tiene fines educativos, cívicos y de defensa. Tenga en cuenta que este documento no fue preparado por el equipo legal de la ACLU de Connecticut y nada de la información a continuación constituye asesoramiento legal. El documento completo, que es actualizado en tiempo real por el Departamento de Comunicaciones de la ACLU, puede encontrarse aquí: https://www.acluct.org/en/know-your-rights/immigrants-rights.
Ley de Inmigración en los EE. UU. y Connecticut:
El gobierno federal de los Estados Unidos regula la ley de inmigración en todo el país. El Congreso controla los estatutos de inmigración, pero el poder ejecutivo está a cargo de su aplicación. La Corte Suprema ha sostenido constantemente que la ley de inmigración pertenece a la jurisdicción federal a través de la Cláusula de Supremacía. El presidente Trump emitió varias órdenes ejecutivas en enero de 2025 sobre inmigración. La ACLU ha cuestionado la constitucionalidad de al menos dos de esas órdenes.
Los estados pueden tener algunas leyes que regulen cómo los inmigrantes viven la vida en su estado, pero no pueden explícitamente regular la inmigración mediante una ley estatal.
Por ejemplo, algunos estados (como Connecticut) limitan el intercambio de información y las interacciones que las fuerzas del orden locales y estatales pueden tener con los funcionarios de inmigración. Algunos estados también brindan ciertos beneficios a los residentes inmigrantes. La ley de Connecticut es clara: si ICE desea detener o deportar a alguien, puede gastar sus propios recursos y tiempo en hacerlo. Las fuerzas del orden locales y estatales no tienen obligación de colaborar en este proceso. La policía local y estatal no necesita arrestar, transportar o detener a personas para el ICE, ni las cárceles, juzgados o prisiones locales necesitan permitir que el ICE recorra sus instalaciones. El estatuto de inmigración de Connecticut al que se hace referencia con más frecuencia se llama The Trust Act, que prohíbe a las fuerzas del orden estatales hacer el trabajo del ICE por ellas.
¿Qué dice la ley Trust Act?
Trust Act es la ley de inmigración de Connecticut. Aprobada en 2013 y actualizada en 2019, los estatutos rigen cómo las fuerzas del orden estatales y locales pueden interactuar con el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas.
La ley Trust Act:
- Impide que las fuerzas del orden estatales y locales, incluidos agentes de libertad condicional, de:
- arrestar,
- transportar,
- detener a personas en el estado de Connecticut en nombre del ICE.
Para las personas que se encuentran bajo custodia policial estatal o local en Connecticut, la ley Trust impone parámetros sobre el cumplimiento de las fuerzas del orden estatales y locales con una solicitud de detención de inmigración civil del ICE. Estas solicitudes retienen a una persona más allá del punto en el que de otra manera sería elegible para ser liberada.
NOTA: Las solicitudes de detención de inmigración civil de ICE no están respaldadas por una orden judicial, que requiere un debido proceso, y son meras solicitudes administrativas.
NOTA: Esto no se aplica a quienes tienen una condena por delito grave ni a quienes están en una lista de vigilancia terrorista.
La Ley Trust NO impide que ICE opere o tenga presencia en Connecticut.
Conozca sus Derechos
Ya sea que sea un inmigrante, migrante, miembro de una familia o comunidad, empleador, líder religioso, defensor, estudiante o manifestante, es mejor que conozca sus derechos. Si prevé interacciones con ICE por cualquier motivo, la planificación y la práctica previas pueden ser de gran ayuda para ejercer sus derechos.
Manténgase informado. Siga a ACLU y ACLU CT en las redes sociales para obtener información basada en la realidad sobre defensa y educación cívica. Si se entera de la actividad o redadas de ICE en su localidad, trabaje con defensores locales o funcionarios electos para determinar si la actividad es creíble.
Si usted es un individuo o familia inmigrante, migrante, refugiado o asilado, tenga un Plan de Preparación. Puede encontrar un Plan de Preparación en ocho idiomas aquí: https://portal.ct.gov/governor/immigration-resources-familypreparedness-plan
¿Qué sucede si ICE me detiene en la calle?
No corra. Mantenga la calma. Si los oficiales preguntan su nombre, debe decírselo. No tiene que responder ninguna otra pregunta. Puede preguntar si está libre de irse. Si la respuesta es sí, puede alejarse tranquilamente. Es mejor no mentir ni llevar documentos falsos con usted.
¿Cuáles son mis derechos si me arrestan?
- Si le preguntan su nombre, debe decirles. No tiene que responder otras preguntas.
- Tiene derecho a permanecer en silencio. Si desea ejercer ese derecho, dígalo en voz alta y pida un abogado de inmediato.
- Puede pedir hacer una llamada telefónica y hablar con su abogado. Memorice el número de teléfono de su abogado o de un familiar o un amigo de confianza que se encuentre legalmente en los Estados Unidos.
- No tiene que dar información ni responder ninguna pregunta sobre su estatus migratorio.
- No tiene que firmar ningún documento.
- Recuerde: es mejor no mentir ni llevar consigo documentos falsos.
¿Qué puedo hacer si ICE llega a mi lugar de trabajo?
- No corra. Si no lo están buscando, correr lo convertirá en un objetivo.
- Si le preguntan su nombre, debe decirlo, pero no tiene que responder otras pregunas.
- Puede preguntar si está libre de irse. Si la respuesta es sí, puede irse tranquilamente.
- Puede llevar consigo una tarjeta con el texto que se indica a continuación y entregársela a la policía o al servicio de inmigración, o bien, pasarla por debajo de la puerta si el servicio de inmigración llega a su casa:
“Estoy ejerciendo mis derechos constitucionales. No deseo hablar con usted. No abriré la puerta a menos que tenga una orden judicial firmada por un juez”.
Nota: el servicio de inmigración no necesita una orden judicial ni un permiso para entrar en los espacios públicos de un negocio, como el comedor de un restaurante. Sí necesita una orden judicial o un permiso para entrar en áreas que no están abiertas al público, como la cocina de un restaurante.
¿Qué puedo hacer si el servicio de inmigración llega a mi casa?
- No tiene que abrir la puerta.
- Puede preguntar a los funcionarios si tienen una orden judicial. Puede pedirles que pasen la orden por debajo de la puerta.
- Puede confirmar que la orden judicial ha sido firmada por un juez o magistrado. Solo una orden judicial firmada por un juez o magistrado permite a los funcionarios de inmigración ingresar a su casa para registrarla o hacer un arresto.
- Recuerde que una orden de deportación (formulario I-205) no permite que los agentes entren en su casa sin su consentimiento.
- Una orden de arresto nombrará a la persona que están buscando. Si solo tienen una orden de arresto, no tiene que aceptar que registren su casa.
- Si la orden no está firmada por un juez o magistrado, no tiene que abrir la puerta ni permitir que entren a su casa.
- Si entran a su casa de todos modos, tiene derecho a pedir los nombres y números de placa del agente y decir que no aceptó el registro.
- Incluso si la orden es válida y se permite que los agentes de inmigración entren en su casa o realicen un arresto, no necesita responder a sus preguntas. Tiene derecho a permanecer en silencio, incluso si el agente tiene una orden judicial.
- Si lo arrestan, puede pedir hablar con un abogado.
Nota: si los agentes de inmigración se llevan objetos de su casa, lleve un registro de lo que se llevaron y pida un recibo por los objetos.
Recuerde, conozca sus derechos. Ya sea que sea un inmigrante, migrante, miembro de una familia o comunidad, empleador, líder religioso, defensor, estudiante o manifestante, es mejor que conozca sus derechos. Si prevé interacciones con ICE por cualquier motivo, la planificación y la práctica previas pueden ser de gran ayuda para ejercer sus derechos.
Manténgase informado. Siga a ACLU y ACLU CT en las redes sociales para obtener información basada en la realidad sobre defensa y educación cívica. Si se entera de actividades o redadas de ICE en su localidad, trabaje con defensores locales o funcionarios electos para determinar si la actividad es creíble. Algunos de estos grupos se enumeran aquí: https://www.acluct.org/en/pressreleases/statewide-coalition-advocacy-organizations-demands-policymakers-strengthen
Si es una persona o familia inmigrante, migrante, refugiada o asilada, tenga un plan de preparación.