551 Connecticut Designa el Kratom, “Heroína de Gasolinera”, como Sustancias de Lista I

Por Tribuna Staff

El Comité de Revisión de Regulaciones Legislativas aprobó por unanimidad el martes (24/02/26) regulaciones para actualizar la lista de sustancias controladas para varias sustancias, incluida Mitragyna speciosa, también conocida como kratom. Connecticut es el séptimo estado en designar el kratom y sus derivados, incluido el 7-OH, como sustancias controladas de Lista I.

“Estamos agradecidos con la legislatura por su trabajo y reflexión tanto sobre la legislación como sobre estas regulaciones, así como con todas las personas que presentaron testimonio público y participaron en este proceso”, dijo el comisionado del Departamento de Protección al Consumidor (DCP), Bryan T. Cafferelli. “Estas sustancias representan un riesgo significativo para la salud pública, especialmente para los niños, ya que han estado ampliamente disponibles para su compra por personas de todas las edades, sin regulación, pruebas ni otras protecciones de salud pública. Esperamos trabajar con nuestras agencias asociadas para educar a las fuerzas del orden locales sobre la eliminación de estas sustancias de nuestras comunidades y apoyar a quienes sufren adicción a estos productos.”

“El kratom es peligroso para nuestros niños. No debe estar en lugares donde puedan acceder u obtenerlo fácilmente. Hoy tomamos una votación bipartidista para mantenerlo lejos de nuestros niños y de otras personas que puedan desconocer el daño que puede causar”, dijo la representante estatal Christie Carpino, copresidenta del Comité de Revisión de Regulaciones Legislativas.

“La votación de hoy en el Comité de Revisión de Regulaciones para clasificar el kratom como sustancia controlada de Lista I fue un paso difícil pero necesario para proteger la salud pública, especialmente la seguridad de niños y jóvenes que no deberían tener acceso legal a una droga altamente potente y no regulada”, dijo la representante estatal Mary Welander, miembro principal del Comité de Revisión de Regulaciones Legislativas. “Agradezco la estrecha colaboración entre el Departamento de Protección al Consumidor de Connecticut y el Departamento de Salud Mental y Servicios de Adicción de Connecticut para anticipar y atender las necesidades de los residentes que puedan requerir apoyo a medida que este cambio entre en vigor. Proteger la salud y la seguridad de los residentes de Connecticut, especialmente nuestros niños, sigue siendo nuestra máxima prioridad.”

El kratom, que se vende en muchas formas, incluidos píldoras, bebidas, gomitas, dulces, polvo y en su forma natural de hoja, actualmente no tiene uso médico aprobado. No es recetado por médicos y está disponible principalmente para su compra por personas de todas las edades en gasolineras y tiendas de vapeo, sin regulación, pruebas de productos ni otras protecciones al consumidor. El kratom y sus derivados, incluido el sintético 7-OH, se venden junto a otras drogas incluidas en la ley que se sabe que son perjudiciales y adictivas, lo que genera una preocupación de salud pública.

Además de Mitragyna speciosa (kratom), incluidas sus hojas, tallos y cualquier extracto, las siguientes sustancias también han sido designadas como sustancias controladas de Lista I:

  • 7-hidroximitraginina (7-OH, derivado del kratom)
    • Bromazolam
    • Flubromazolam
    • Nitazenos, incluidos, entre otros, isotonitazeno
    • Tianeptina
    • Fenibut

La ley autoriza al DCP a reclasificar estas sustancias en el futuro si nuevas investigaciones indican que el kratom tiene un propósito médico que podría ser beneficioso.